Cómo se congelan los embriones en el laboratorio, cuánto tiempo pueden conservarse según la Ley 14/2006 y qué puedes hacer con los que te sobren.
En España los embriones se congelan por vitrificación y la ley no fija un número de años: pueden conservarse hasta que los médicos, con el dictamen de especialistas independientes, consideren que la mujer ya no reúne los requisitos clínicos para una transferencia. Para los sobrantes hay cuatro destinos legales: uso propio, donación a otras pacientes, donación a investigación o cese de la conservación.
Si has hecho una FIV, es muy probable que tengas embriones vitrificados en un banco. Y que cada cierto tiempo te llegue una carta de la clínica pidiéndote que decidas qué hacer con ellos. Es una de las decisiones más difíciles del proceso, y circulan muchos mitos: que «caducan a los 5 años», que «a los 10 los destruyen» o que «pierden calidad con el tiempo».
Esta guía explica qué pasa en el laboratorio, qué dice literalmente el artículo 11 de la Ley 14/2006 y qué muestran los datos y los estudios. La ley habla de «preembriones» (el embrión in vitro hasta 14 días después de la fecundación, según su artículo 1.2); aquí usamos «embriones», como en el lenguaje habitual [1].
La vitrificación es una técnica de congelación ultrarrápida. El embriólogo expone el embrión a soluciones crioprotectoras que sustituyen buena parte del agua de sus células y lo sumerge en nitrógeno líquido en pocos segundos. Así, el embrión pasa a un estado sólido «vítreo», como el cristal, sin que se formen cristales de hielo que dañen las células [3].
Antes se usaba la congelación lenta, que bajaba la temperatura de forma gradual. Una revisión sistemática con metaanálisis preparada para orientar la guía de la OMS concluyó que la vitrificación da mejores tasas de supervivencia embrionaria (evidencia de calidad moderada) y mejores resultados clínicos (evidencia de calidad baja), y recomendó a los laboratorios que aún congelaban en lento pasarse a la vitrificación [3].
¿Cómo se sabe si un laboratorio vitrifica bien? El Consenso de Viena de ESHRE y Alpha fija como indicador clave la tasa de supervivencia de blastocistos tras la desvitrificación: un laboratorio competente debería alcanzar al menos el 90 %, y el valor de referencia de excelencia es del 99 % [4]. Es una buena pregunta para tu clínica.
La ley española no fija un número de años. El artículo 11.3 de la Ley 14/2006 dice que la crioconservación de los embriones sobrantes «se podrá prolongar hasta el momento en que se considere por los responsables médicos, con el dictamen favorable de especialistas independientes y ajenos al centro correspondiente, que la receptora no reúne los requisitos clínicamente adecuados para la práctica de la técnica de reproducción asistida» [1].
Es decir, el límite no lo pone el calendario sino la situación clínica de la mujer. Las cifras de «5 años» o «10 años» que circulan no aparecen en el texto vigente de la ley.
Biológicamente, a la temperatura del nitrógeno líquido el metabolismo celular se detiene. La pregunta práctica es si los resultados cambian con el tiempo de almacenamiento, y la evidencia es mayoritariamente tranquilizadora, con algún matiz:
| Estudio | Qué analizó | Resultado |
|---|---|---|
| Canosa et al., 2022 (metaanálisis) [5] | 5 estudios, 18.047 embriones vitrificados; más de 12 meses frente a menos | Supervivencia, aborto, nacido vivo y malformaciones mayores, similares |
| Cobo et al., 2024 (España) [6] | 58.001 blastocistos de día 5 vitrificados, 11 años de datos | Sin asociación entre tiempo de almacenamiento y tasa de nacido vivo tras ajustar otros factores |
| Zhan et al., 2024 (China) [7] | 36.665 transferencias de embriones desvitrificados; 642 con más de 5 años de almacenamiento | Más de 5 años se asoció a menor tasa de implantación y de nacido vivo en blastocistos de buena calidad. Estudio retrospectivo de un solo centro |
Lectura honesta: hasta unos pocos años de almacenamiento, los datos no muestran pérdida de resultados. Para periodos más largos hay una señal en un estudio que todavía no se ha confirmado. En todos ellos pesan más la edad a la que se obtuvieron los óvulos y la calidad del embrión que el tiempo en el tanque.
El artículo 11.4 de la Ley 14/2006 enumera los únicos destinos posibles para los embriones crioconservados [1]:
Es el destino más habitual: transferir los embriones en un ciclo posterior, por ejemplo para buscar un segundo hijo o tras un primer intento fallido. El consentimiento para cada uso debe estar debidamente acreditado (art. 11.5).
Los embriones se donan a otras personas que los necesitan. Según el artículo 5, la donación es un contrato gratuito, formal y confidencial, nunca tiene carácter lucrativo y es anónima: los hijos y las receptoras pueden obtener información general de los donantes, pero no su identidad, salvo circunstancias extraordinarias que la ley detalla [1]. Por tanto, no se puede elegir a una receptora concreta.
Solo es posible en proyectos autorizados por las autoridades sanitarias, con informe de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida cuando se trata de investigación en reproducción, y con el consentimiento escrito de la mujer o la pareja tras explicarles los fines del proyecto (arts. 15 y 16). Además, la pareja renuncia a cualquier derecho económico sobre los resultados [1].
Este es el punto que más sorprende. La ley dice que, en el caso de los embriones y los ovocitos, esta opción «sólo será aplicable una vez finalizado el plazo máximo de conservación establecido en esta Ley sin que se haya optado por alguno de los destinos mencionados» [1]. Como ese plazo depende del criterio clínico del artículo 11.3, conviene que preguntes a tu clínica, por escrito, cómo aplica este apartado en tu caso concreto.
Según el artículo 11.6, cada dos años como mínimo la clínica debe pedir a la mujer o a la pareja que renueve o modifique el consentimiento sobre el destino de sus embriones. Puedes cambiar de opinión en cualquier momento antes de que se aplique el destino elegido [1].
¿Y si no contestas? Si durante dos renovaciones consecutivas resulta imposible obtener tu firma, y el centro puede demostrar de forma fehaciente que intentó contactarte, los embriones quedan a disposición del centro, que podrá destinarlos a cualquiera de los fines legales, manteniendo la confidencialidad, el anonimato y la gratuidad [1].
| Momento | Qué ocurre |
|---|---|
| Antes de generar los embriones | Firmas el consentimiento inicial, que incluye el destino de los sobrantes. Si la mujer está casada con un hombre, también lo firma el marido (art. 11.5). |
| Cada 2 años (como mínimo) | La clínica pide renovar o modificar ese consentimiento. |
| 2 renovaciones seguidas sin respuesta | Si el centro acredita que intentó contactar, los embriones quedan a su disposición para los fines legales. |
| En cualquier momento antes de usarlos | Puedes cambiar el destino elegido. |
Consejo práctico: si cambias de domicilio, teléfono o correo, comunícalo a la clínica. Es la forma más sencilla de no perder el control sobre la decisión.
Un dato poco conocido: el artículo 11.8 obliga a los centros que crioconservan a tener un seguro o garantía financiera para compensar a los pacientes si un accidente afecta a la crioconservación, siempre que se hayan cumplido los procedimientos de renovación del consentimiento [1]. Otro motivo para mantener tus datos al día.
Para transferir un embrión desvitrificado hay que preparar el endometrio. Hay dos grandes enfoques: el ciclo natural, que aprovecha la ovulación propia (a veces desencadenada con medicación), y el ciclo sustituido o artificial, en el que se administran estrógenos y progesterona.
La revisión Cochrane actualizada en 2025, con 32 ensayos y 6.352 mujeres, concluyó que, con una evidencia de certeza entre moderada y muy baja, no se puede afirmar que una pauta sea más eficaz o segura que otra [9]. La elección depende de tu ciclo, de tu historia clínica y de la organización del centro, y la decide tu ginecólogo.
Algunas clínicas proponen congelar todos los embriones y no hacer transferencia en fresco. ESHRE, en sus recomendaciones de 2023 sobre complementos (add-ons), concluye que el freeze-all electivo no mejora la tasa de nacido vivo frente a la transferencia en fresco, alarga el tiempo hasta el embarazo y se asocia a más trastornos hipertensivos del embarazo y bebés grandes para la edad gestacional. Por eso no lo recomienda de rutina y lo reserva para indicaciones claras: riesgo de hiperestimulación ovárica, patología endometrial o ciclos con test genético (PGT) [8]. Si te han hecho un PGT-A, lee también qué significan los resultados de PGT-A.
El Registro Nacional de Actividad (Registro SEF) es el registro oficial del Ministerio de Sanidad y la participación de los centros es obligatoria. Su informe de 2023, el último publicado, ofrece estos datos sobre embriones congelados [2]:
| Indicador (España, 2023) | Dato |
|---|---|
| Embriones almacenados a 31/12/2023 | 916.190 |
| …de ellos, almacenados durante 2 años o más | 675.880 (73,8 %) |
| Descongelaciones de embriones de óvulos propios | 36.648 |
| Embriones que llegaron a transferirse, de cada 100 descongelados | 90,6 |
| Transferencias con un solo embrión | 85,5 % |
| Partos por transferencia (óvulos propios): menos de 35 años / 35-39 / 40 o más | 34,3 % / 28,3 % / 22,2 % |
| Punciones con óvulos propios sin transferencia en fresco por freeze-all | 14.270 de 36.363 (39,2 %, cálculo propio) |
| Pacientes tratadas con embriones donados | 2.682 (997 partos) |
Dos lecturas útiles. La primera: casi tres de cada cuatro embriones almacenados llevan dos años o más en los tanques, lo que explica por qué la decisión sobre los sobrantes afecta a tantas familias. La segunda: la edad que importa es la que tenía la mujer cuando se obtuvieron los óvulos y se generaron los embriones. Para entender bien los porcentajes, consulta cómo leer la tasa acumulada con embriones congelados.
La cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud incluye la criopreservación de embriones y su transferencia. Para los embriones de uso propio, el criterio específico es que la mujer o persona con capacidad de gestar tenga menos de 50 años en el momento de la transferencia [10]. Es un criterio de acceso a la sanidad pública, no un límite de la Ley 14/2006 para los centros privados.
En los centros privados es habitual pagar una cuota periódica por mantener los embriones. No damos cifras porque varían de un centro a otro y no hay una fuente pública fiable que las recoja. La Ley 14/2006 sí obliga a informar de las condiciones económicas del tratamiento (art. 3.3) [1], así que tienes derecho a pedirlas por escrito.
Si estás comparando centros, estas preguntas encajan con nuestra guía para elegir clínica de reproducción asistida.
La Ley 14/2006 no fija un número de años. La conservación puede prolongarse hasta que los responsables médicos, con el dictamen favorable de especialistas independientes y ajenos al centro, consideren que la mujer no reúne los requisitos clínicamente adecuados para una técnica de reproducción asistida (art. 11.3).
Los estudios más amplios no muestran peores resultados con el tiempo de almacenamiento: un metaanálisis no halló diferencias más allá de 12 meses y un estudio español con 58.001 blastocistos no encontró asociación con la tasa de nacido vivo. Un estudio chino observó menos nacidos vivos con más de 5 años, pero está pendiente de confirmación.
La clínica debe pedir la renovación al menos cada dos años. Si durante dos renovaciones consecutivas no logra tu firma y puede demostrar que intentó contactarte, los embriones quedan a disposición del centro, que puede darles cualquiera de los destinos legales, con confidencialidad, anonimato y gratuidad.
La ley contempla el cese de la conservación sin otra utilización, pero para los embriones solo lo permite una vez finalizado el plazo máximo de conservación, que depende del criterio clínico del artículo 11.3. Pide a tu clínica que te explique por escrito cómo lo aplica en tu caso.
No. La donación de embriones en España es anónima, gratuita y confidencial según el artículo 5 de la Ley 14/2006. Las receptoras y los hijos pueden conocer información general de los donantes, pero no su identidad salvo circunstancias extraordinarias previstas en la ley.
No todos, aunque la mayoría sí. El Consenso de Viena fija como mínimo de competencia una supervivencia de blastocistos del 90 % y un valor de referencia del 99 %. En España, en 2023, de cada 100 embriones descongelados de óvulos propios se transfirieron unos 91.
La cartera común del Sistema Nacional de Salud incluye la criopreservación de embriones y su transferencia. Para embriones de uso propio, la mujer debe tener menos de 50 años en el momento de la transferencia, además de cumplir el resto de criterios de su servicio de salud.
Contenido educativo. No sustituye el consejo de profesionales sanitarios ni el asesoramiento jurídico. Redactado por el equipo editorial de embriologo.com a partir de las fuentes citadas.
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